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CONSULTA PÚBLICA PREVIA DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA ESTACIÓN DE AUTOBUSES DE CALAHORRA

En qué consiste

La consulta pública previa es un mecanismo de participación ciudadana que puede ejercerse telemáticamente cumplimentando esta encuesta

El Ayuntamiento de Calahorra tiene previsto la puesta en marcha de un nuevo servicio público, la Estación de Autobuses para el Transbordo Intermodal, el próximo año 2025.

La Ley 8/2016, de 18 de octubre, de Transporte Interurbano por Carretera de La Rioja, define a las estaciones de transporte de viajeros por carretera como instalaciones de transporte cuya finalidad es la de concentrar salidas y llegadas a una población de los servicios de transporte público de viajeros. Estas estaciones son de obligatoria utilización por los servicios de transporte público interurbano permanentes y temporales de uso general.

El artículo 55.3 de dicha Ley establece que el funcionamiento de cada estación de viajeros será objeto de un reglamento de régimen interior aprobado por el Ayuntamiento correspondiente.

De conformidad con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede al trámite de consulta pública, para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.