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CONSULTA PÚBLICA PREVIA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN DEL APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS EN SUPERFICIE POR ROTACIÓN (O.R.A.)

En qué consiste

La consulta pública previa es un mecanismo de participación ciudadana que puede ejercerse telemáticamente cumplimentando esta encuesta

El Ayuntamiento de Calahorra dispone de una Ordenanza Reguladora del Servicio de Ordenación y Regulación de Aparcamiento de vehículos en superficie, por rotación -O.R.A.- de Calahorra, cuya última modificación se aprobó por el Pleno en sesión de 30 de marzo de 2015 (BOR núm. 71 de 1 de junio de 2015), en vigor desde el 20 de junio de 2015.

Esta Ordenanza tiene por objeto la regulación del estacionamiento de vehículos de toda clase o categoría, que no superen los 3.500 Kg., destinados al servicio particular o público, y en superficie, así como las ocupaciones de espacio público de elementos tales como contenedores, andamios, maquinaria de obras y otros, en los lugares o zonas de la vía pública de elevada demanda de estacionamiento que se determinen en cada momento, así como los horarios, tarifas y demás elementos del servicio.

Próximo a producirse la finalización del periodo de vigencia de la actual concesión del Servicio de Estacionamiento Regulado de Vehículos en Superficie, y en el momento de realizar las actuaciones preparatorias para una nueva concesión, el Gobierno Municipal desea introducir un régimen especial para residentes, que permita a aquellos vecinos que residen en una zona de la ciudad sujeta a estacionamiento regulado, acceder a este servicio en condiciones más ventajosas que los usuarios no residentes.

Por otro lado, el artículo 6 de la Ordenanza ORA está dedicado al régimen de sanciones y en él se prevé que no se impondrá sanción alguna si el infractor procede al pago de la cantidad de cuatro euros en el parquímetro correspondiente, antes de las 24 horas del día en el que se hubiera cometido la infracción. Se propone incrementar este importe hasta cinco euros, para reforzar el sistema y reducir así la comisión de infracciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede al trámite de consulta pública, para recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

El plazo de la consulta pública será de 10 días hábiles, siendo la fecha de inicio el 8 de abril de 2024 y de finalización el 22 de abril de 2024.